Publicado enMedio Ambiente / Política Social

Información para recurrir el ICA

Aquí tienes un breve vídeo informativo sobre el ICA publicado en Twitter por la Red de Agua Pública de Aragón (RAPA):

Desde la Asociación Vecinal de San José, os recomendamos que, si queréis recurrir el ICA, primero abonéis el impuesto cuando recibáis la carta de pago para evitar cualquier inconveniente legal que pueda tener consecuencias para vosotros y vosotras y que, posteriormente descarguéis el modelo de recurso aquí y lo entreguéis en nuestro local (Ventura Rodríguez 12) en horario de lunes a jueves de 9 a 13 y de 16,30 a 20,30 horas y viernes de 9 a 13 horas.

Acceso a la web de la campaña: http://impuestoalaguano.wordpress.com

11 comentarios en «Información para recurrir el ICA»

  1. Hola yo de que lo puedo reclamar me he enterado ahora… ya lo pague en diciembre y ha pasado el mes…. no lo he domiciliado. Entiendo que este primer recibo no lo puedo reclamar… los demás que lleguen puedo reclamarlos?

    1. Hola. La reclamación se debe hacer a posteriori, una vez pagado el recibo, ya que se trata de un impuesto cuyo pago es obligatorio. La fórmula administrativa para hacerla es un recurso potestativo de reposición, que sólo se puede hacer una vez realizado el acto administrativo, es decir, una vez pagado el impuesto. Muy probablemente el efecto será nulo, es decir, que deberás pagar de todas las maneras, pero una respuesta ciudadana masiva puede hacer que se muevan cosas para años posteriores. Un saludo.

    1. Buenos días.
      Hay que meterlo en Registro General.
      En el local de la asociación recogemos los del vecindario para llevarlos todos juntos.
      Pásate si quieres a dejárnoslo. Nuestro horario de apertura es el siguiente:
      De lunes a jueves de 9 a 13 y de 16,30 a 20,30. Viernes de 9 a 13.

  2. Hola
    Soy un vecino que ya domicilió el recibo cuando llegó(por lo que no sé si ya lo han cobrado)creo que lo hizo a finales de Noviembre,primeros de Diciembre.
    Mi pregunta es si todavía estoy en disposición de recurrír el pago.Gracias por vuestra dedicación.

    1. Buenos días.
      Desde aquí desconocemos la respuesta a lo que nos preguntas. Ponte en contacto con la Red de Agua Pública de Aragón (RAPA) a través de Twitter: @RAPAAragon. Ellos sabrán informarte mejor de lo que nos preguntas.
      Si la respuesta es afirmativa, puedes entregar el recurso en nuestro local.
      Un saludo.

      1. Hola de nuevo.Ya me han pasado el recibo 37 €
        No he conseguido respuesta en @RAPAAragon ,mi pregunta es si una vez pagado tiene sentido recurrir o qué hago pues está domiciliado y me lo cobrarán directamente.
        Un saludo

        1. Por tener toda la información, el ICA es un impuesto ya aprobado, por lo que su pago es completamente obligatorio. No pagarlo es sancionable y te puede meter en un problema, ya que luego te lo reclamarán con multa y apremio.
          El recurso potestativo de reposición es exactamente la figura jurídica que se utiliza en el recurso. Es la única vía posible que puede utilizar un ciudadano ante un acto administrativo que cree que le perjudica, como es el caso.
          Presentar el recurso es la única vía para protestarlo, ya que su pago es obligatorio como cualquier otro impuesto. Si estás en contra del impuesto, te animamos a reclamar, aunque, insistimos, el pago del impuesto es obligatorio. Otra cosa es recurrir a la insumisión fiscal en el caso concreto del ICA. Eso es otro cantar y lo respetamos en conciencia, pero igualmente advertimos de que tiene unas consecuencias.
          Un saludo.

          1. Gracias,entiendo que una vez que lo han cobrado estoy capacitado para recurrir el pago.Os lo llevaré a la asociación
            Un saludo.

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